El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación del Gobierno de España para reducir el riesgo de pobreza y exclusión social a personas y familias con carencia de rentas. Ha día de hoy existen muchos beneficiarios que tienen derecho a solicitarla pero lo desconocen.

Según datos aportados por el Ministerio de inclusión, Seguridad Social y Migraciones en España hay 800.000 personas que cobran el Ingreso Mínimo Vital de las 2.300.000 solicitudes presentadas. Es decir 2 de cada 3 solicitudes son rechazadas por errores o por no cumplir con los requisitos.

Para evitar esto, hemos elaborado esta Completa guía y actualizada a 2023 para entender y despejar todas las dudas sobre la está prestación no contributiva del instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

¿Qué es el Ingreso Mínimo Vital?

El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación no contributiva que concede la Seguridad Social. Esta ayuda tiene como objetivo garantizar unos ingresos mínimos a personas o familias en situación de vulnerabilidad que se encuentren en riesgo de pobreza o exclusión social.

Esta pprestación fue creada y aprobada el 29 de mayo de 2020 por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, que dirige el ministro José Luis Escrivá y junto con el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030. Se encuentra regulado por el Real Decreto-Ley 20/2020.

REQUISITOS

Los requisitos pueden verse tanto en la web del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 como en el artículo 7 del RDL 20/2020 los cuales pueden llegar a ser confusos. Por ello, explicamos los requisitos necesarios para acceder al ingreso minimo vital, siendo éstos:

1. Tener una edad comprendida entre los 23 y 65 años. Pueden solicitarlo mayores de 18 años siempre que tenga un menor a su cargo.

2. Demostrar una situación de vulnerabilidad económica. Para ello se tendrá en cuenta las rentas y patrimonio del solicitante y de la unidad de convivencia.

3. Residir de forma legal y continuada e ininterrumpida en España durante al menos un año anterior a la solicitud. Quedan exentas de este requisito, las mujeres víctimas de violencia de género o personas víctimas de trata de seres humanos y de explotación sexual.

4. Los solicitantes que vivan solos y que no pertenezcan a una unidad de convivencia, deberán acreditar vivir de forma independiente durante al menos tres años anteriores a la solicitud. Se considera vivir sólo, el vivir de forma independiente. En otras palabras, aquellas personas que no pertenezcan a una unidad de convivencia.

5. Agotar toda prestación y pensión a la que se tuviera derecho. No se tendrá en cuenta las prestaciones y subsidios por desempleo del Servicio Público de Empleo Estatal. Tampoco se tendrá en cuenta los salarios sociales, rentas mínimas de inserción.

6. Estar inscrito como demandante de empleo. Es posible presentar la solicitud sin cumplir con esta condición pero deberá de realizarse en el plazo máximo de seis meses. Para apuntarse al paro se deberá acudir a las oficinas de empleo autonómicas (No son lo mismo que las oficinas del SEPE).

7. No superar el umbral de ingreso establecido por la Seguridad Social. Los límites van desde los 16.917,60 euros anuales para una sola persona hasta los 43.985,76 euros en el caso de una unidad de convivencia de cuatro adultos y un menor.

No podrán acceder a ella si el solicitante ya está percibiendo una pensión contributiva por jubilación o incapacidad permanente, ni una pensión no contributiva por invalidez o jubilación.

SEGURIDAD SOCIAL: AYUDA FAMILIAR

LÍMITE DE INGRESOS PARA COBRAR EL INGRESO MÍNIMO VITAL

Para ppercibir el IMV, la Seguridad Social pide que se demuestre una vulnerabilidad económica. El INSS establece en este sentido que no deberán superarse unos ingresos mensuales ni poseer un patrimonio superior a tres veces la cuantía de la prestación.

Límite de ingresos económicos.

Las ppersonas no deberán tener rentas superiores a los 469 euros al mes. Para unidades de convivencia la cuantía que no se podrá exceder es de 469 euros más 139 euros por cada integrante de la unidad familiar hasta un máximo de 1.015 euros al mes.

Límite de Patrimonio

La Seguridad Social, entiende por patrimonio la suma de cuentas bancarias, depósitos (planes de pensiones, ahorros,…), seguros, deudas y viviendas. La vivienda habitual quedará exenta de este cómputo.

Teniendo en cuenta lo que se entiende por patrimonio, estos son los límites establecidos por el INSS según la unidad de convivencia para 2022.

  • Un adulto sólo: 16.917,60 euros.
  • Un adulto y un menor: 23.684,64 euros.
  • Un adulto y dos menores: 30.451,68 euros.
  • Un adulto y tres o más menores: 37.218,72 euros.
  • Dos adultos: 23.684,64 euros.
  • Dos adultos y un menor: 30.451,68 euros.
  • Dos adultos y dos menores: 37.218,72 euros.
  • Dos adultos y tres o más menores: 43.985,76 euros.
  • Tres adultos: 30. 451,68 euros.
  • Tres adultos y un menor: 37.218,72 euros.
  • Tres adultos y dos o más menores: 43.985,76 euros.
  • Cuatro adultos: 37.218,72 euros.
  • Cuatro adultos y un menor: 43.985,76 euros.
  • Superiores: 43.985,76 euros.

¿Qué es una unidad de convivencia?

Personas que viven juntas bajo un mismo domicilio y existe un vínculo. Según el Instituto Nacional Seguridad Social una unidad de convivencia puede ser:

  • Personas unidas por un vínculo matrimonial o no, parejas de hecho, familiares de hasta segundo grado de consanguinidad afinidad o adopción.
  • Victimas de violencia de género que hayan abandonado el domicilio acompañado de menores.
  • Unidades de convivencia de 2 o más personas de menos de 23 años, sin que exista una relación, siempre y cuando uno de los miembros tenga una discapacidad reconocida igual o superior al 65%.
  • Unidades conformadas por personas mayores de 65 años que no estén cobrando la pensión por jubilación o la pensión no contributiva.

CUANTÍA INGRESO MÍNIMO VITAL EN 2023

Los Presupuestos Generales del Estado han aprobado una reciente subida en las cuantías a cobrar en el ingreso mínimo vital. Por ello todas las prestaciones y pensiones no contributivas subirán un 3% en 2022.

De esta forma, las cuantías del IMV para 2022 quedan de la siguiente manera:

  • Un adulto 484,00 euros al mes, 5.808,36 euros anuales.
  • Un adulto y un menor 753,71 euros al mes, 8.828,52 euros anuales.
  • Un adulto y dos menores 880,94 euros al mes, 10571,28 €/anuales.
  • Un adulto y tre6o más menores 1.026,13 €/mes, 12.313,56 €/ Anuales.
  • Dos adultos 629,21 €/mes. 7.550,42 €/anual.
  • Dos adultos y un menor 774,42 €/mes, 7.550,52 €/Anuales.
  • Dos adultos y dos menores 919,63 €/mes, 11.035,56 €/Anuales.
  • Dos adultos y tres o más menores 1.064,84 €/mes, 12.778,08 €/Anuales.
  • Tres adultos 774,42 €/mes, 7.550,52 €/Anuales.
  • Tres adultos y un menor 919,63 €/mes, 11.035,56 €/anuales.
  • Tres adultos y dos o más menores 1.064,84 €/mes, 12.778,08 €/Anuales.
  • Cuatro adultos 919,63 €/mes. 11.035,56 €/Anuales.
  • Cuatro adultos y uno o más menores 1.064,84 €/mes, 12.778,08 €/Anuales.

DOCUMENTACIÓN NECESARIA

En eel momento de presentar la solicitud del IMV, la Seguridad Social requerirá la siguiente documentación:

  • Documento Nacional de Identidad (DNI), Permiso de Residencia (NIE o TIE) o pasaporte.
  • Libro de Familia, para acreditar la unidad de convivencia. También será válido, el certificado de nacimiento del registro civil o en el caso de parejas de hecho la inscripción que expide del juzgado.
  • Certificado de empadronamiento, para acreditar su domicilio y su duración. Este certificado puede solicitarse en el ayuntamiento donde reside el solicitante.
  • Para acreditar la residencia legal en España, los extranjeros deberán solicitar la inscripción en el Registro Central de Extranjería. Este certificado puede solicitarse en las oficinas de extranjería o en las Brigadas de Extranjería de la Policía Nacionalidad.

CÓMO PRESENTAR LA SOLICITUD DEL INGRESO MÍNIMO VITAL.

La sSeguridad Social ofrece dos formas de solicitar el Ingreso Mínimo Vital por Internet. Además, es posible presentar la solicitud de manera presencial en las oficinas y en los Centros de Atención e información (CAISS).

Solicitar ingreso mínimo vital por Internet.

  • Sin certificado digital, desde la web imv.seg-social.es. Hay que pulsar en «solicitar ingreso minimo vital» y el asistente indicará cada paso a seguír. Es importante no olvidar que hay que rellenar de manera correcta todos los datos de contacto y los de la unidad familiar.
  • Con Certificado Electrónico, DNI o cl@ve. Para usar en la sede electrónica de la Seguridad Social. Lo primero será seleccionar como iniciar la solicitud. El sistema pedirá primero ingresar los datos personales y los de la unidad de convivencia (si es el caso). Posteriormente pedirá adjuntar la documentación. Finalizada la solicitud, se generará un código para consultar el estado de la solicitud IMV posteriormente.

De manera presencial.

Reuniendo toda la documentación y acudiendo a las oficinas del INSS. Es obligatorio pedir cita previa a la Seguridad Social para este trámite.

Tras presentar la solicitud de forma online es posible comprobar en qué estado se encuentra.

Estados del ingreso Mínimo Vital

En total existen hasta 8 estados por los que puede pasar una solicitud de ingreso vital siendo los siguientes.

1. En estudio. Si aparece el mensaje «Ingreso Mínimo Vital en estudio» quiere decir que la Seguridad Social ha recibido correctamente la solicitud y se encuentra estudiandola para su aprobación, denegación o para requerir documentación.

2. Aprobada. La ayuda está aprobada, se puede consultar la cantidad que corresponde y cuando se realizará el primer ingreso.

3. Denegada por inadmision. La solicitud ha sido denegada por falta de documentación o por superar la renta o ingresos máximos del solicitante.

4. Petición de documentación. Si aparece este estado no tiene que hacer nada. La Seguridad Social contactará con el beneficiario para requerir documentación adicional.

5. Archivada por falta de documentación. La ayuda ha sido archivada por no aportar la documentación requerida. ¿Qué hacer? Habrá que volver a solicitar el Ingreso Mínimo Vital.

6. Archivada por duplicidad. Significa que el solicitante ha pedido por dos veces el IMV, por lo que una ha sido archivada. La otra continuará a trámite.

7. Inadmitida a trámite por incumplimiento del requisito de rentas y/o patrimonio. Han rechazado la solicitud por superar el requisito de patrimonio.

8. Inadmitida a trámite por ser administrador de una sociedad. Denegada por ser administrador de una empresa o sociedad.